Contraloría impide a instituciones públicas bloquear usuarios en Twitter

La Contraloría General de la República ha dictaminado un nuevo documento en el cual señala que las Instituciones Públicas no pueden bloquear a usuarios privados en la red social Twitter.

El documento número 18.671 declarado con fecha oficial el 10 de julio del año 2019 enfatiza que, a raíz de una denuncia realzada por dos usuarios en la cual señalan que la PDI mantiene bloqueadas sus cuentas personales de la red social, la Contraloría quiso dejar en claro que esto no es legal.

Sin embargo, la PDI emitió un informe para que la Institución lo revisara por completo en el cual señalaba que en su manual interno de usos de redes sociales, ellos había tomado esta desición debido a ciertas normas básicas que permiten el bloqueo las cuales son uso de lenguaje violento, soez, ataques a instituciones, autoridades y a cualquier tipo de minorías.

Contraloría impide a instituciones públicas a bloquear usuarios en Twitter

Twitter en la controversia

La contra argumentación que entrega la Contraloría con respecto al informe entregado por la PDI  enfatiza que, según lo establece el artículo 5 de la Constitución Política del país, el Estado debe promover los derechos esenciales los cuales emanan de la naturaleza humana. En base a esto enfatiza que el bloqueo de alguna cuenta depende netamente del administrador, en este caso Twitter.

Además enfatiza, como también queda establecido en la Constitución del país, que cada persona tiene el derecho de emitir una libre opinión o de informar, si necesariamente tener una censura previa, además de no tener necesidad de responder a los perjuicios de los posibles delitos o abusos que se pueden estar cometiendo en el libre ejercicio de estas prorrogativas.

Por otro lado según el artículo 1° de la ley N° 19.733 sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo, dispone que “la libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, constituyen un derecho fundamental de todas las personas”. Por ende la entidad enfatiza que todo usuarios tiene el derecho de utilizar esta red como un medio de comunicación social, aprovechando todas las capacidades que esta ofrece, como la utilización de imágenes, videos, audios entre otros archivos.

Sin embargo recalcaron que las opiniones expuestas por los usuarios deben basarse en los requerimientos que la red social indique, los cuales siempre tienen que resguardar el uso público además de mantener una relativa paz en la comunicación de los usuarios.

Contraloría impide a instituciones públicas a bloquear usuarios en Twitter

La contraloría fue clara

La Institución reafirmó “La cuenta institucional de Twitter de un organismo público como la PDI, corresponde a un bien de dicho servicio, que debe ser utilizado para servir a los fines institucionales o para publicitar comunicaciones o hechos de interés general para toda la población acerca de algún aspecto relevante de las labores, actividades o tareas que versen acerca de su funcionamiento”.

Luego continuó aclarando que “No corresponde que la PDI bloquee unilateralmente en su cuenta institucional a aquellos usuarios particulares de la citada plataforma virtual de comunicación social que han emitido ciertas opiniones o expresiones, debiendo adoptarse, a la brevedad, las acciones necesarias para subsanar dicha situación”.

Finalmente, aunque dejo claro que las instituciones publicas no pueden bloquear a usuarios privados dentro de la red social, aclararon que “de ningún modo supone que las personas puedan tratar en términos inapropiados o insultantes a las autoridades o dirigirse a los servicios públicos sin el debido respeto -como exige el consignado artículo 19, N° 14, de la Carta Fundamental”.

 


Source: Fayer Wayer

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